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Norma 247

Contratos de Adhesión

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Norma: Realización de una acción o el correcto desarrollo de una actividad. La norma de competencia laboral : (certificaciones) es un "estándar reconocido por trabajadores y empresarios que describe los resultados que una persona debe lograr en el desempeño de una función productiva, los contextos donde ocurre ese desempeño, los conocimientos que debe aplicar y las evidencias que puede presentar para demostrar su competencia”. ¿Qué son las NOMs? Normas Oficiales Mexicanas (NOMs), son disposiciones generales que determinadas dependencias de la Administración Pública Federal expiden para establecer reglas, especificaciones, directrices y características de alta tecnicidad, aplicables a un bien, a un servicio o a un proceso. El origen de las NOMs lo podemos encontrar en el marco de la política pública denominada “mejora regulatoria”, de principios de los años noventa, y su sustento legal en la Ley Federal de Metrología y Normalización abrogada (suspendida, sin vigor) hace unos años, siendo sustituida por la actual Ley de Infraestructura de la Calidad (DOF 01/07/2020). Las NOMs pueden variar de manera recurrente pues están basadas en información veraz, así como en los avances tecnológicos y científicos, lo que promueve la calidad en el bien, servicio o proceso. Las NOMs han tenido como peculiaridad la introducción de un esquema de participación y consulta de particulares que pertenezcan al sector regulado que resultan o pueden resultar afectados por su expedición.


¿Por qué debe importarme?

Su naturaleza jurídica es compleja
★ Reúnen características de generalidad, abstracción y obligatoriedad
★ Se presumían inconstitucionales, sin embargo no son contrarias a la supremacía constitucional, legalidad, ni constituyen una indebida delegación de facultades legislativas a favor de una autoridad administrativa, existe un control judicial por via jurisdiccional que es el amparo.
★ La NOM 247 SE 2021 complementa lo previsto en el capitulo VIII de la Ley Federal de Protección al Consumidor
★ Son obligaciones aplicables a los proveedores de servicios

TRANSITORIOS PRIMERO. Entrará en vigor a los 180 días naturales de su publicación. SEGUNDO. Los sujetos deberán tramitar Contrato de Adhesión, dentro de los 90 días naturales. TERCERO. Dentro de los 120 días naturales los sujetos obligados [créditos otorgados por ONAVIS Y OREVIS] deberán ingresar INFONAVIT, FOVISSSTE o algún otro organismo público que otorgue créditos para inmuebles de vivienda de interés social el trámite de Autorización para el uso de imágenes y marcas de los Organismos Nacionales de Vivienda.


Objetivo

• Establece los requisitos informativos para la comercialización de bienes inmuebles destinados a casa habitación.

• Establece elementos mínimos que deben contener los contratos de compraventa de dichos bienes inmuebles.

• Garantizar la protección efectiva de los derechos de los consumidores de estos servicios. Sujetos Obligados Proveedores [y Promotores] que sean Fraccionadores,

•Constructores, Promotores y Demás personas que intervengan en la asesoría y venta al público de inmuebles destinados a casa habitación.


Sorprende a tus lectores

Obligaciones Diversas

1) Contar con canales de atención de quejas y solicitudes 2) Respecto del Portal de Internet 3) Privacidad y Protección de Datos Personales 4) Materia de Anticipos 5) Materia de Enganches 6) Materia de Preventas 7) No discriminación 8) Carta de Derechos a Consumidores 9) Promoción de Inmuebles 10) Terrenos 11) Negativa de Trato y Ventas Atadas 12) Entrega de Inmueble

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